Universalidad:
Los
derechos humanos tienen carácter universal. Esto quiere decir que se aplican a
todas y a todas por igual ya que sus principios y objetivo de protección son
validos para todos los humanos.
Temporalidad:
Los
derechos humanos están presentes en todos los tiempos. Sus resultados se perciben a
través del tiempo; estos no cambian, se modifican solamente para responder a
las necesidades de las personas.
Progresividad:
Los
derechos humanos aumentan continuamente de acuerdo con las necesidades,
evolución y cambios constantes de la sociedad.
Irreversibilidad:
Se
presenta la imposibilidad de volver al estado a la condición previa.
Transnacionalidad:
El
principio fundamental que describe la cooperación entre organizaciones de
derechos humanos en más de un país. Uno de sus objetivos es fomentar esta
cooperación transfronteriza o transnacional.
Integridad:
Supone
a una posición firme a un código de valores éticos. Significa ser personas
sólidas, completas, honestas en el trabajo que se hace.
Intransferibilidad:
Los
derechos humanos no pueden ser transferidos ni cedidos de una persona a otra.
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